La Normativa vigente contempla la obligatoriedad en todas las Instalaciones Térmicas de Frio o Calor, con Generadores suministrados por Gas, Gasóleo y cualquier tipo de Energía entre 5 y 70 Kw. de una Revisión o Mantenimiento Periódica anual de acuerdo con las Instrucciones del Fabricante contenidas en el manual de uso y mantenimiento. Cada dos años en el caso del País Vasco.

Abono de Conservación

Con el abono de conservación usted disfrutará de la tranquilidad de saber que su caldera está siendo correctamente revisada y controlada, asegurando un correcto funcionamiento del aparato, lo que prolongará la vida de su caldera y reducirá el riesgo de sufrir costosas averías.

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